El derecho hereditario o el derecho a la sucesión hereditaria

El derecho hereditario o el derecho a la sucesión hereditaria es uno de los derechos más antiguos que se conoce, en todos los países está previsto en su legislación o en el derecho usual del pueblo los efectos del fallecimiento de una personas.

Este se ha regulado sucesivamente en nuestra legislación, primeramente de una manera general, comprendiendo a todo el territorio español, y posteriormente con el derecho de las autonomías se traspasó la recaudación e incluso la legislación del mismo a prácticamente todas ellas.

Con ello, dejaremos claro de quién es el heredero y quién es el legatario. Por un lado llamamos heredero a quien que sucede a título universal, y por otro, legatario es el que sucede a título particular.

Artículos que debemos tener en cuenta:

  • Artículo 744 del Código Civil, el cual dice que 'podrán suceder por testamento o abintestato los que no estén incapacitados por la Ley.'
  • Artículo 657 del Código Civil, que expresa que los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte.
  • Artículo 659 Código Civil: La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte.