¿Que ocurre con una herencia sin reclamar?

Llamar · XXX XXX XXX
¿Que ocurre con una herencia sin reclamar?

En España, la legislación establece que todas las herencias deben tener un destinatario. Es decir: no puede haber una herencia sin dueño. Por eso podemos preguntarnos qué ocurriría si ninguna persona reclama la herencia de alguien que ha fallecido.

Esta posibilidad que explicamos, si bien no sucede muy a menudo, es perfectamente factible: pueden darse casos en los cuales el causante tenía pocos familiares o, los que tenía, no han aceptado la herencia por los motivos que fuera. Es aquí donde entrará en juego el Estado como heredero. Según el Código Civil, en su artículo 956, ‘A falta de personas que tengan derecho a heredar conforme a lo dispuesto en las precedentes Secciones, heredará el Estado quien, realizada la liquidación del caudal hereditario, ingresará la cantidad resultante en el Tesoro Público, salvo que, por la naturaleza de los bienes heredados, el Consejo de Ministros acuerde darles, total o parcialmente, otra aplicación. Dos terceras partes del valor de ese caudal relicto será destinado a fines de interés social, añadiéndose a la asignación tributaria que para estos fines se realice en los Presupuestos Generales del Estado.’ De forma simplificada, esto significa que cuando no exista nadie que reclame la herencia, esta se repartirá de la siguiente forma, siguiendo distintos niveles:

  • 1/3 parte de herencia será para las instituciones municipales del domicilio del difunto, de Beneficencia, Instrucción, Acción social o profesionales, ya sean de carácter público o privado. Un ejemplo serían los hospitales, parroquias, entidades sin ánimo de lucro u organizaciones similares.
  • 1/3 parte será para instituciones provinciales, con las mismas características que en el caso anterior.
  • Finalmente, el tercio restante tendrá como destinataria la Caja de Amortización de la Deuda pública, salvo que, por la naturaleza de los bienes heredaros, el Consejo de Ministros acuerde darles, total o parcialmente, otra aplicación.

El Código Civil también nos dice que los derechos y obligaciones del Estado serán los mismos que los de los demás herederos, aunque existe una particularidad: se entenderá siempre aceptada la herencia a beneficio de inventario, sin necesidad de declaración alguna sobre ello.

Como decíamos, no sucede muy a menudo que una herencia tenga como destinatarios las instituciones públicas, pero es una posibilidad que puede ocurrir. Si bien la Ley contempla que los familiares del fallecido son los que tienen derecho a heredar, el parentesco tiene como límite el 4º grado. De este modo, si queremos asegurarnos que nuestros bienes recaigan en alguien de nuestra familia, lo más aconsejable es contactar con un abogado para que nos ayude a planificarla y organizarla.

En nuestro Despacho de abogados de herencias de Zaragoza llevamos años ayudando a todas aquellas personas que necesitan asistencia jurídica en cuestiones hereditarias. Si usted también desea contactar con nosotros, solo tiene que llamarnos por teléfono o utilizar el formulario de contacto que encontrará en esta web. De esta forma, una vez que hayamos recibido su solicitud, concertaremos una reunión lo antes posible y empezaremos a estudiar su caso, dándole toda la información necesaria y llevando a cabo los trámites pertinentes.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE